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![]() ![]() MOLA operaciones con partes relacionadasRecibidos
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de octubre de 2020. Señores COMISIÓN NACIONAL DE VALORES Presente Señores BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A. Presente Ref.: Operaciones con partes relacionadas. Artículos 72 y 73 de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831. De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes en mi carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de Molinos Agro S.A. (“Molinos Agro” o la “Sociedad”) en relación a lo dispuesto en la norma de referencia. Al respecto, cumplo en poner en su conocimiento que el Directorio de la Sociedad, en su reunión del día de la fecha, ha resuelto aprobar las operaciones que a continuación se indican, realizadas entre la Sociedad y su vinculada, Molinos Rio de la Plata (en adelante “Molinos Rio”) y que continuará realizando durante el presente ejercicio a finalizar el 31 de marzo de 2021, a saber: 1) Renovación de las Operaciones reguladas por la carta oferta enviada por Molinos Rio a la Sociedad el 1 de julio de 2016 para la adquisición de aceite vegetal crudo de soja por parte de Molinos Rio, aceptada por la Sociedad (las “Operaciones de Suministro de Aceite de Soja”) para el presente ejercicio a finalizar el 31 de marzo de 2021 2) Renovación de las Operaciones reguladas por la carta oferta enviada por Molinos Rio a la Sociedad el 2 de diciembre de 2019 para la adquisición de aceite crudo de girasol por parte de Molinos Rio, aceptada por la Sociedad (las “Operaciones de Suministro de Aceite de Girasol”) para el presente ejercicio a finalizar el 31 de marzo de 2021 3) Operaciones reguladas por la carta oferta enviada por Molinos Rio a la Sociedad para la adquisición de aceite refinado de soja por parte de Molinos Rio, aceptada por la Sociedad (las “Operaciones de Suministro de Aceite Refinado de Soja”) para el presente ejercicio a finalizar el 31 de marzo de 2021. En relación a las operaciones mencionada se aclara que (a) la Sociedad y Molinos Rio son consideradas partes relacionadas en los términos del apartado III del inciso a) del artículo 72 de la LMC; (ii) a los efectos de la presente, el uno por ciento (1%) del Patrimonio Neto de la Sociedad según los últimos Estados Contables aprobados de la misma al 31 de marzo de 2020, asciende a la suma de pesos cincuenta y cinco millones setecientos setenta y ocho mil ochocientos diez ($ 55.778.810), estableciéndose dicha suma como el monto relevante previsto en la normativa aplicable; (iii) a la fecha de la presente y durante el primer y parte del segundo trimestre del presente ejercicio, la Sociedad ha celebrado las operaciones enunciadas con Molinos Rio, y, según las estimaciones de la Sociedad, es dable suponer que concertará nuevas operaciones de características similares a las mismas durante los restantes meses del presente ejercicio; (iv) las operaciones descriptas y oportunamente evaluadas continuaron y continuarán vigentes durante el ejercicio en curso. En tal sentido, el Comité de Auditoría de la Sociedad, tras analizar los antecedentes y los términos y condiciones de las Operaciones de Suministro de Aceite de Soja, de Girasol, y de las Operaciones de Suministro de Aceite Refinado de Soja, y sobre la base de la opinión de la firma evaluadora independiente, Organización Levín de Argentina S.A., contratada al efecto de opinar respecto de las operaciones mencionadas, dictaminó que las mismas son adecuadas a las condiciones normales y habituales del mercado para operaciones similares celebradas entre partes independientes. El acta de Directorio y el pronunciamiento del Comité de Auditoría de la Sociedad mencionados precedentemente se encuentran a disposición de los Señores Accionistas en la Autopista de Información Financiera y en la sede social de la Sociedad en el horario de 10:00 a 18:00 hs. Sin otro particular, los saludo atentamente. ______________________________ Verónica Curci Gerente de Legales y Compliance |