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La mirada de Marcelo Etchebarne abogado especialis
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27 JUN 2014 00:00h
LA DEUDA EXTERNA
La Argentina aún no se liberó de sus obligaciones de pago
Por MARCELO ETCHEBARNE (*)
El jueves a las 13, mientras empezaba el partido Alemania vs. EE.UU., Argentina tenía que optar entre cumplir con una sentencia de un juez de Nueva York, a la cual consideraba injusta e ilegal, o cumplir con los términos de los contratos de los bonos emitidos en el canje. Podría haber cumplido con ambas obligaciones si además hubiera pagado el 100% de la sentencia de Griesa, lo cual parecía poco probable.
En términos deportivos podríamos decir que Argentina le pasó una pelota al agente de pago de los bonos que se emitieron en el canje. Si Bank of New York Mellon (BoNY) paga el lunes próximo violaría el artículo 65 de la ley de procedimiento civil (por eso el fondo Elliott llamó el jueves a la tarde al BoNY para recordárselos y, además, avisó al juez que lo había hecho). Si BoNY no paga incumple un contrato. En cualquier caso podría ser demandado por bonistas buenos o malos.
Y si se quiere ir no puede. Para renunciar tiene que avisar con 90 días de anticipación y esperar designar un reemplazante.
BoNY hará lo que le diga el juez a partir de lo que surja en la audiencia de hoy a la mañana.
También podría haber litigios en Europa solicitando medidas cautelares para que los pagos sean procesados. Argentina podría aceptar una renuncia de BoNY en Europa y designar un nuevo fiduciario fuera de la jurisdicción de Griesa. De esta forma el problema se reduciría a los bonos en dólares bajo ley Nueva York.
Lo curioso del caso es que las decisiones de la justicia norteamericana no deberían tener efecto sobre los actos del Poder Ejecutivo Nacional. Griesa podría ser legalmente responsable ante la justicia argentina por imponer órdenes judiciales en el territorio nacional. Argentina argumentará que las órdenes de Griesa violan los artículos 19 y 20 de la Carta de la OEA.
Es posible que Griesa permita que se procese este pago y advierta que no permitirá futuros pagos si no avanza una negociación de buena fe.
Argentina se liberará de su obligación de pago sólo cuando el dinero llegue a la cuenta del Tenedor Registral de los Bonos que es Bank of New York Depositary (Nominees) Ltd (no confundir con el Bank of New York Mellon, que tiene la cuenta en el Banco Central donde se han hecho los pagos). Si el pago no llega al banco el lunes habrá un incumplimiento, o default, pero sin efectos legales hasta el 30 de julio. Recién los bonistas podrían demandar a Argentina. Entre otras cosas, con un 25% de tenedores, podrían declarar toda la deuda exigible en forma inmediata.
(*) abogado, especialista en mercados