Desde el punto de vista pericial, es imposible declarar un default
tecnico, ya que los bonistas que suscribieron un acuerdo de pago, no
pueden borrar con el codo, lo que suscribieron con la mano por 93 a 7
Esta decir que no prosperaria en los trubunales de la Argentina el
reajuste por la diferencia a favor que pudieran esgrimir los bonistas
que suscribieron el acuerdo de pagos, porque a las sumas cobradas
deberan agregar todos los pagos que cobraron por el cupon PBI, situacion
que los descolocan ante la Justicia si quieren litigar por la diferecia
que pretendieran cobrar. Los Fondos buitres pueden hacerlo porque no
cobraron un peso ni tampoco el cupon PBI. amen
Cz