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martes, 7 de julio de 2020
Asambleade Mola aprobo un dividendo en efectivo de $ 1800 millones
TERCER PUNTO: Consideración de la Memoria, Estado consolidado del resultado
integral, Estado consolidado de situación financiera, Estado consolidado de cambios
en el Patrimonio, Estado consolidado de flujo de efectivo, notas a los Estados
financieros consolidados, Estados financieros separados, notas a los estados
financieros separados, Informe del Auditor e Informe de la Comisión Fiscalizadora,
correspondientes al ejercicio 5° finalizado el 31 de marzo de 2020, la información
adicional en los términos del artículo 12, Capítulo III, Título IV de la Resolución
General N° 622/2013 de la CNV (N.T. 2013 y mod.) (las “Normas de la CNV”) y la
reseña informativa de dichos estados contables requerida por las Normas de la
Comisión Nacional de Valores. Consideración del resultado positivo del ejercicio de
$ 2.948.861.000 y de la propuesta formulada al respecto por el Directorio, consistente
en distribuir dividendos en efectivo por un importe tal que, ajustado por inflación
conforme la Resolución General No. 777/2018 de la CNV, resulte en un monto de
hasta $ 2.200.000.000 o el importe que resulte de la conversión de dicha suma a
dólares estadounidenses según el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación
Argentina al cierre del día hábil bursátil inmediato anterior al de la puesta a
disposición, conforme lo determine la Asamblea; y que el excedente de los resultados
luego de la distribución mencionada anteriormente se destine a incrementar la
Reserva para futura distribución de utilidades.
Se aprobó por unanimidad:
(i) La omisión de la lectura de los documentos bajo consideración en razón de que el
contenido de los mismos ya es de conocimiento de los Sres. accionistas por haber
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sido puestos a disposición en legal forma, con carácter previo a esta Asamblea y
dentro de los plazos reglamentarios correspondientes;
(ii) El Estado consolidado del resultado integral, el Estado consolidado de situación
financiera, el Estado consolidado de cambios en el Patrimonio, el Estado consolidado
de flujos de efectivo y las notas a los Estados financieros consolidados tal como han
sido presentados por el Directorio;
(iii) La Memoria tal como ha sido presentada por el Directorio;
(iv) Los Estados financieros separados y las notas a los Estados financieros separados tal
como han sido presentados por el Directorio;
(v) Los Informes de los Auditores Independientes y el Informe de la Comisión
Fiscalizadora correspondientes al ejercicio 5° finalizado el 31 de marzo de 2020;
(vi) La información adicional en los términos del artículo 12, Capítulo III, Título IV de
la Resolución General N° 622/2013 de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013
y mod.) y, la reseña informativa requerida por las Normas de la Comisión Nacional
de Valores, tal como han sido presentados por el Directorio;
(vii) Facultar a la Presidencia para que acepte eventuales modificaciones de forma que
pudieran requerir los organismos de contralor respectivos, siempre que dichas
modificaciones no sean objetadas por la Comisión Fiscalizadora o el contador
dictaminante;