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miércoles, 24 de agosto de 2016
El Gobierno define la próxima semana si los balances se ajustan o no por inflación
La AFIP emitirá en una semana una norma sobre ajuste de los balances aunque no necesariamente será por inflación. Podría tratarse de dar vía libre a la propuesta de los contadores porteños de actualizar los bienes de uso y las propiedades de inversión, los activos más valiosos del patrimonio de una empresa, por un "revalúo técnico".
Esto es llevarlos a valores de mercado basándose en la pericia de un técnico, como un arquitecto, ingeniero o concesionario de autos. Aunque esto todavía no está definido y podría haber más sorpresas.
Alberto Abad, titular de la AFIP, dijo ayer en una reunión de la Cámara Argentina de Comercio sobre el blanqueo que "con 30% de inflación no existen impuestos ni paritarias". Y el sudirector general de Servicios al Contribuyente, Sergio Rufail, aseguró que "habrá novedades muy pronto" sobre el ajuste de los balances.
Desde 2003 las empresas no pueden ajustar sus balances, pero ya en marzo la Inspección General de Justicia (IGJ) permitió alinear con las normas contables profesionales la expresión a valor de mercado de los bienes de uso y propiedades de inversión de las empresas, que antes tenía una aprobación extensa y difícil de realizar.
Desde el dictado de la Resolución 9/16 de la IGJ en marzo, la revaluación ya no requiere aprobación (alcanza con un acta del directorio, con los peritajes previos), y además se adecuaron las normas sobre la contabilización de los revalúos técnicos en línea con el modelo de revaluación que establecen las normas contables vigentes de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, precisó Andrés Riportella, socio del estudio SMS.
Así gracias al titular de la IGJ, Sergio Brodsky, quien con anterioridad de ocupar ese cargo fue abogado del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, las empresas pueden actualizar sus bienes de uso en los balances, con tres ventajas importantes:
- Mayor base para solicitar créditos.
- Mayor patrimonio para participar en ciertas licitaciones o negocios.
- Tener una mayor reserva si, frente a una situación de pérdida, deben disminuir el capital.
Esto, sin embargo, sigue sin poder aplicarse a los balances impositivos con vistas al pago de los impuestos a las Ganancias y Ganancia Mínima Presunta.
En los últimos días, se dio una polémica de alto voltaje entre los contadores, porque todas los Consejos Profesionales del interior agrupadas en la Federación votaron comenzar a aplicar el ajuste por inflación a partir de diciembre próximo, dado que se alcanzó la norma contable según la cual se dispara el ajuste cuando se suma 100% de inflación en 3 años.
Sin embargo, el Consejo porteño no votó con el resto y a la semana sacó una dura recomendación oponiéndose al ajuste por inflación, con el argumento de que los índices son "controvertidos", y sugiriendo "encontrar una posición superadora para morigerar la desactualización de los importes contables asignados a los patrimonios de los entes" e "impulsar la realización de un "sinceramiento contable", que podría consistir en actualizar el valor de los activos de largo plazo de los entes (por ejemplo, bienes de uso), el capital y otras partidas apropiadas del patrimonio".
"El estado actual de emergencia estadística por el cual atraviesa el país nos permite concluir que la evaluación de si el contexto de Argentina es el de una inflación que amerita ajustar los estados contables en los términos de las normas contables vigentes deberá basarse en la consideración de factores cualitativos", afirmó rotundamente el Cpcecaba.
Una posibilidad de hacer esto sería aceptar los valores obtenidos mediante los revalúos técnicos para el balance impositivo, aunque Riportella consideró que "sería un parche" y que lo que corresponde es "ajustar por inflación todo el balance".