Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de enero de 2021
Señores de la
Comisión Nacional de Valores
Presente.-
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de informar, en los términos del artículo 23 del Reglamento de Listado y del artículo 3, Sección II, Capítulo I, del Título XII de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, que el día de hoy ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Resolución Nº 795-IPLYCMJGM-2020 (la “Resolución”) emitida por el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires (“IPLYC”) por medio de la cual se otorga a CASSAVA ENTERPRISES (Gibraltar) LIMITED - BOLDT S.A. UT una de las licencias para el desarrollo de la actividad de juego bajo la modalidad online en el marco de la Ley Nº 15.079 (Título VIII) que regula el desarrollo de la actividad de juego bajo la modalidad on line en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y normas concordantes. Estas licencias son otorgadas por el IPLYC por un plazo de 15 años.
Tal como hemos informado oportunamente, BOLDT S.A. se presentó en este proceso convocado por el IPLYC bajo el formato de unión transitoria (“UT”) con CASSAVA ENTERPRISES (GIBRALTAR) LIMITED, por lo que la licencia que nos fuera otorgada en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior será explotada por esta UT, en la que BOLDT S.A. participa en un 95%.
Destacamos que la UT quedó posicionada cuarta sobre siete licencias otorgadas y un total de catorce aspirantes.
Nos encontramos trabajando con premura en dar cumplimiento a las formalidades establecidas por la Resolución a fin de comenzar en cuanto sea posible con la explotación de la mencionada licencia. El otorgamiento de esta licencia marca un hito muy importante en nuestra consolidación en este nuevo segmento de juego online en la República Argentina.
Hacemos propicia la oportunidad para saludarles muy atentamente.
_____________
Pablo M. Ferrari
Responsable de
Relaciones con el Mercado