Comentario:
Algo de aire en esta situacion
Bolsa expresó preocupación por OPA de acciones de Solvay Indupa
Buenos Aires, dic. 20 --(Nosis)-- La Bolsa de Comercio dio a conocer, en un comunicado, su preocupación respecto a la oferta pública de adquisición (OPA) de acciones de Solvay Indupa SA.
La Bolsa de Comercio sostuvo que luego de ser considerada por la Comisión de Títulos, reunida con carácter urgente, la cuestión de la amplia diferencia existente entre los precios promedios registrados en este ámbito bursátil por las acciones de Solvay Indupa S.A. y el precio que el comprador del paquete de control de esa Sociedad ha fijado como “precio equitativo” en la Oferta Pública de Adquisición informada el pasado 17 del corriente mes, dispuso hacere pública su absoluta preocupación respecto del curso de la operación que se pretende llevar a cabo en base a las ponderaciones efectuadas por el ofertante al respecto.
Ello particularmente considerando que, en materia de Oferta Pública de Adquisición del paquete de control de una sociedad cuyas acciones cuentan con autorización de oferta pública (OPA), la Ley 26.831 establece que el precio a ser ofrecido debe ser un “precio equitativo” determinado según las pautas establecidas en el artículo 98, el cual exige, sin condicionamiento alguno, que “En todos los casos, el precio a ser ofrecido no podrá ser inferior al que resulte del criterio indicado en el apartado IV precedente”.
Este texto señala: "IV. Precio promedio de los valores durante el semestre inmediatamente anterior al del acuerdo de solicitud de retiro, cualquiera sea el número de sesiones en que se hubieran negociado”.
La referencia a “acuerdo de solicitud de retiro” debe asimilarse, a criterio de la Bolsa, en el caso particular de la Oferta Pública de Adquisición a “acuerdo de compraventa del paquete de control”.
Asimismo, respecto de los precios no debe soslayarse que la misma Ley impone a los Mercados asegurar la veracidad en el registro de las operaciones, y su efectivo cumplimiento forma parte de las funciones que actualmente desempeñan esta Bolsa y el Mercado de Valores de Buenos Aires SA, concluye el comunicado de la entidad.
Ello particularmente considerando que, en materia de Oferta Pública de Adquisición del paquete de control de una sociedad cuyas acciones cuentan con autorización de oferta pública (OPA), la Ley 26.831 establece que el precio a ser ofrecido debe ser un “precio equitativo” determinado según las pautas establecidas en el artículo 98, el cual exige, sin condicionamiento alguno, que “En todos los casos, el precio a ser ofrecido no podrá ser inferior al que resulte del criterio indicado en el apartado IV precedente”.
Este texto señala: "IV. Precio promedio de los valores durante el semestre inmediatamente anterior al del acuerdo de solicitud de retiro, cualquiera sea el número de sesiones en que se hubieran negociado”.
La referencia a “acuerdo de solicitud de retiro” debe asimilarse, a criterio de la Bolsa, en el caso particular de la Oferta Pública de Adquisición a “acuerdo de compraventa del paquete de control”.
Asimismo, respecto de los precios no debe soslayarse que la misma Ley impone a los Mercados asegurar la veracidad en el registro de las operaciones, y su efectivo cumplimiento forma parte de las funciones que actualmente desempeñan esta Bolsa y el Mercado de Valores de Buenos Aires SA, concluye el comunicado de la entidad.