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lunes, 17 de marzo de 2014

Una buena para los Nonos

Cambios a la ley 26.417

Sanz propuso subir las jubilaciones 4 veces por año

Ernesto Sanz
El senador radical Ernesto Sanz propuso modificar la Ley de Movilidad Jubilatoria para incrementar el monto de las jubilaciones y pensiones cuatro veces por año, y no cada dos como es actualmente. 

"La semana pasada presenté un proyecto para que las jubilaciones se actualicen cada tres meses previendo que cuando salga a la luz el nuevo índice de inflación, va a quedar claro que la inflación se comió el aumento del 11 por ciento que estableció la ley", afirmó Sanz en declaraciones a radio El Mundo. "La actualización bianual no alcanza para defenderse de la inflación", argumentó el legislador de la UCR. 

En este marco, el extitular del partido pidió que modifique la ley 26.417 sancionada en octubre de 2008 y se actualice cuatro veces al año. "Si el propio Gobierno reconoce la inflación, que aún no es la real, no veo la razón para que no pueda aceptar un proyecto de esta naturaleza. La fórmula para la actualización de los haberes hay que revisarla en algún momento", enfatizó.

El coeficiente que determina el porcentaje de aumento surge de las las variaciones producidas en los recursos tributarios del SIPA (comparando semestres idénticos de años consecutivos) y el índice general de salarios determinado por el INDEC o la variación del RIPTE -índice basado en la Remuneración Imponible promedio de los trabajadores estables. De ambas se aplica la más favorable, durante el lapso enero-junio para el ajuste de septiembre del mismo año, y julio-diciembre para el ajuste a aplicar en marzo del año siguiente.

Según datos de Anses, la primera vez que se aplicó en 2009 se dio un incremento de 11,69% en marzo y de 7,34% en septiembre. En 2010 fue 8,21% y 16,9% en septiembre. En 2011 la suba en marzo resultó de17,33% y en septiembre de 16,82%. En 2012 el primero de los aumentos fue de 17,62% y el segundo de11,42%. En marzo del año pasado las jubilaciones subieron 15,18% y en septiembre 14,41%. 

La 26.417 también que en ningún caso la aplicación del índice de movilidad podrá reducir el haber jubilatorio, ni siquiera en aquellos períodos en los que la evolución de las variables de la economía fueran negativas.