EDENOR Perdió en 6 meses $1.185,46 Millones,perdía al 1°trim $125,03 Mill
Sres.
BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
Presente
Señores
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Subgerencia de Emisoras
Presente
De nuestra consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 63 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, de la Resolución de Presidencia N° 2/12 y del art. 3 pto. 35 del Título XII, Cap. I, Secc. II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, informo a Uds. que en la reunión de Directorio de esta Sociedad, que tuvo lugar el día 9 de agosto de 2016, fueron aprobados: Estado de Situación Financiera Condensado, Estado de Resultados Integrales Condensados, Estado de Cambios en el Patrimonio Condensado, Estado de Flujos de Efectivo Condensado, Notas, Reseña Informativa y la información requerida por el art. 68 del reglamento precitado, correspondientes al período intermedio de seis meses finalizado el 30 de junio de 2016.
Las cifras que se detallan a continuación están expresadas en miles de pesos y surgen de los Estados Financieros Condensados Intermedios.
El resultado del período se ve afectado significativamente por diversas medidas cautelares, tanto individuales como colectivas, que en conjunto representan aproximadamente el 30% de las ventas de la Sociedad. Dichas medidas ordenan para los clientes alcanzados la suspensión de los incrementos tarifarios otorgados a partir del 1° de febrero de 2016 con efecto retroactivo a esa fecha, debiendo no sólo interrumpir la facturación de los aumentos, sino también la devolución de los montos ya percibidos como consecuencia de consumos realizados en ese lapso.
Asimismo, el 15 de julio de 2016, el ENRE notificó a la Sociedad del dictado de una medida cautelar por parte de la Sala II de la Cámara Federal de la Ciudad de La Plata, ordenando la suspensión de tales incrementos en toda la Provincia de Buenos Aires por un período de 3 meses a partir del dictado de dicha orden judicial. Esta medida impacta a partir del mes de julio al 80% de la facturación de la Sociedad.
Por último, y tal como se describe en nota de Hechos Posteriores de los Estados Financieros, con fecha 3 de agosto de 2016, en el marco de una acción de amparo promovida contra el Estado Nacional (PEN y MEyM) y ENRE a fin de que se declare la nulidad de las Resoluciones 6/16 y 7/16 del MEyM y la Resolución 1/16 del ENRE, el juzgado interviniente hizo lugar a la medida cautelar interina solicitada en la acción de amparo, con los efectos descriptos en nuestro Hecho Relevante del 4 de agosto del corriente. Tal como lo mencionáramos, esta situación llevaría a la Sociedad a encontrarse sin ingresos operativos suficientes lo que, de mantenerse en el tiempo, impediría en el corto plazo hacer frente a los gastos de operación, los pagos de la energía eléctrica y/o los pagos relacionados al plan de inversiones.
Si bien, en opinión de los asesores legales de la Sociedad, la mencionada medida cautelar se encontraría caída en virtud de la presentación del informe presentado por el Estado detallando las razones por las cuales tomó las decisiones que se desea cautelarmente suspender (“informe del Artículo 4°”) hasta tanto no se dicte una medida cautelar que la reemplace, y que la misma sea debidamente notificada a la Sociedad, la medida cautelar inicial no tiene efectos sobre la misma.
La Sociedad estima que el impacto que tendría una medida cautelar como la mencionada anteriormente sobre los estados financieros al 30 de junio de 2016, ascendería a una pérdida neta adicional de $1.300 millones aproximadamente. Asimismo, provocaría un déficit de patrimonio de aproximadamente $ 900 millones, que de persistir al final del presente ejercicio haría que la Sociedad se encuentre comprendida en la causal de disolución por pérdida del capital social establecida por el Art. 94, inc. 5° de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.
A pesar de esta situación la Sociedad ha ejecutado hasta el 30 de junio de 2016 un ambicioso plan de inversiones que asciende a 1.340 millones de pesos, y que de no mediar una rápida solución a las medidas judiciales podría verse afectado, generando el consecuente impacto en la calidad del servicio público de distribución.
(1) Incluye 9.412 correspondientes a acciones propias en cartera.
(2) Incluye 10.347 correspondientes a acciones propias en cartera.
Por otra parte, y de acuerdo a lo solicitado por los incisos o), p) y q) del artículo 62, informamos lo siguiente:
Las acciones clase “A” pertenecen a Electricidad Argentina S.A. (EASA) domiciliada en Ortiz de Ocampo 3302, Edificio 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por su parte, las acciones clase “B” se cotizan actualmente en la Bolsa de Valores de Nueva York (mediante American Depositary Shares –“ADSs”) y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Al 30 de junio de 2016 la Sociedad posee 9.412.500 acciones en cartera.
Permanecen en circulación 1.952.604 acciones clase “C” titularidad del Banco de la Nación Argentina en su carácter de fiduciario del Programa de Propiedad Participada de la Sociedad. A su vez, IEASA S.A. con domicilio en Ortiz de Ocampo 3302, Edificio 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es propietaria del 99,99 % de las acciones con derecho a voto de EASA.
La Sociedad no posee valores representativos de deuda convertibles en acciones, ni existen opciones de compra de acciones de la Sociedad.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
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