Señores de la
Comisión Nacional de Valores
Presente.-
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de informar, en los términos del art. 23 del Reglamento de Cotización y Capítulo XXI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (t.o. Res. Gral. 368/01), que el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires (IPLyC), ampliando lo informado anteriormente, nos notifico que visto el Expediente Administrativo N°23169-17815/97, se ha procedido a prorrogar el vencimiento del funcionamiento del “Casino de Tandil” hasta el 12 de mayo de 2013 con opción de prorroga hasta el 1 de diciembre del mismo año.
Hacemos propicia la oportunidad para saludarles muy atentamente.
Dr. Enrique E. Aldazabal
Responsable de
Relaciones con el Mercado