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FIPLASTO S.A.: Hecho relevante
Recibidos
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de diciembre de 2012.
Sres.
Comisión Nacional de Valores
Presente
Ref: Información relevante
De mi mayor consideración:
Me dirijo a ustedes, en cumplimiento de la normativa sobre transparencia de la oferta pública, a fin de hacerles saber a vuestra Comisión y al público en general, siguiendo con lo informado en las notas del 17 de noviembre y 29 de octubre de 2010, del 2 de mayo de 2011 y del 6 de julio de 2012, que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, siguiendo la orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de dictar nueva sentencia, ha procedido de tal forma, dictando sentencia que revoca la resolución oportunamente dictada por el Tribunal Fiscal de la Nación y deja en consecuencia sin efecto la sanción de multa dispuesta en su momento por la Aduana contra la empresa. Este decisorio aún puede ser recurrido por vía extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a instancia de la Aduana.
Con este motivo y quedando a disposición, lo saludo muy atentamente.
Guillermo Viegener
Responsable de Relaciones con el Mercado
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