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martes, 3 de julio de 2018

COME:Recompra de acciones

COME:Recompra de acciones

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Daniel Eusebio López

Archivos adjuntos13:35 (hace 22 minutos)
 para 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de julio de 2018


Sres.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Subgerencia de Sociedades Emisoras
25 de Mayo 175
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente

Sres.
BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A.
Sarmiento 299
Ciudad A. de Buenos Aires
Presente


Ref.:    Hecho Relevante. Adquisición de acciones propias en los términos del artículo 64 de la Ley de Mercado de Capitales y de las Normas de la Comisión Nacional de Valores.

De mi mayor consideración:

Por la presente me dirijo a ustedes, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Capítulo I, Título II y el artículo 2, Capítulo I, Título XII de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (TO 2013), a fin de informarles que el Directorio de Sociedad Comercial del Plata S.A. (la “Sociedad” o “SCP”) aprobó la adquisición de acciones propias, conforme el artículo 64 de la Ley 26.831 y las normas de la CNV.

Para la toma de tal decisión, el Directorio, ha tenido en cuenta que existe una diferencia entre el valor de los activos de la Sociedad y el precio de cotización de las acciones en el mercado, el cual no refleja el valor ni la realidad económica que tienen los mismos en la actualidad ni su potencial futuro, resultando ello en desmedro de los intereses de los accionistas de la Sociedad. Asimismo, el Directorio tuvo en cuenta la fuerte posición de caja y disponibilidad de fondos de la Sociedad.

Se describen a continuación los términos y condiciones aprobados por el Directorio para la adquisición de acciones propias:

1. Finalidad: contribuir a la disminución de la brecha existente entre el valor de la Sociedad en base al valor de los activos, y el valor de la misma en base al precio de cotización de sus acciones, con miras a contribuir a su fortalecimiento en el mercado, aplicando la fuerte liquidez de la Sociedad de forma eficiente.
2. Monto máximo a invertir: Hasta $ 600.000.000 (seiscientos millones de pesos).
3. Cantidad máxima de acciones o porcentaje máximo sobre el capital social que será objeto de la adquisición: las acciones en cartera no podrán superar, en conjunto, el límite del 10% del capital social
4. Límite diario para operaciones en el mercado: Conforme lo dispuesto en la reglamentación, será de hasta el 25% del volumen promedio de transacciones diarias de los 90 (noventa) días hábiles anteriores.
5. Precio a pagar por las acciones: Hasta un máximo de $ 4,50 (cuatro pesos con cincuenta centavos) por acción en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
6. Origen de los fondos: se deja constancia que la Sociedad cuenta con la liquidez necesaria para realizar las mencionadas adquisiciones sin que se afecte la solvencia de la misma.
7. Plazo en el que las adquisiciones se llevarán a cabo: la Sociedad estará adquiriendo acciones por el plazo de 180 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación de la compra en los medios de comunicación al mercado, sujeto a cualquier renovación o extensión del plazoque sea resuelta por el Directorio, las que serán informadas al público inversor por ese mismo medio.
8. Comunicación interna: se informará a los directores, síndicos y gerentes de primera línea que, estando vigente una decisión de la Sociedad de adquirir acciones propias, no podrán vender acciones de ésta de su propiedad o que administren directa o indirectamente durante el plazo correspondiente.

Sin otro particular saludo a Uds. muy atentamente.



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Ignacio Noel
Presidente